Hay tres preocupaciones: 1) el terrorismo; 2) las limitaciones a la exportación e importación; y 3) el peligro de incendio por el litio contenido en las baterías de los teléfonos móviles y los ordenadores portátiles.
Terrorismo: la dificultad de abordar el terrorismo es que el nivel de control y escrutinio es a menudo arbitrario dependiendo del clima político actual y de la caprichosidad del agente de seguridad que controla su equipaje.
Limitaciones de exportación e importación: En la mayoría de los casos, debe probar que lleva los dispositivos para su uso personal y no para su reventa. Mientras los dispositivos estén desempacados y en condiciones de “uso”, esto no debería ser difícil.
Peligro de incendio: Me ocuparé principalmente de esta última preocupación en relación con las normas de la FAA sobre el peligro de incendio.
Las normas de la FAA no limitan la cantidad de pequeñas pilas de litio que llevan a bordo los pasajeros, aunque sí limitan el tamaño máximo (capacidad) de las pilas más grandes, como las que se utilizan en las sillas de ruedas eléctricas y en los equipos de cámaras de alta potencia (flashes de estudio).
Sin embargo, las baterías deben estar incluidas en los dispositivos y los dispositivos deben ser para uso personal (y no, por ejemplo, para la reventa) y por lo tanto usted podría tener problemas para convencer a los asistentes de vueloTSA piloto de que usted tiene (digamos) diez teléfonos para uso verdaderamente personal.
Pero cinco teléfonos celulares es en realidad bastante razonable según los estándares internacionales ya que usted podría necesitar intercambiar simulaciones entre diferentes teléfonos al viajar entre diferentes países.
49 CFR 175. 10(a)(18)
(A) La batería debe ser retirada de la silla de ruedas u otra ayuda de movilidad de acuerdo con las instrucciones proporcionadas por el propietario de la silla de ruedas u otra ayuda de movilidad o su fabricante;
(B) La batería debe ser transportada sólo en el equipaje de mano;
© Los terminales de la batería deben ser protegidos de los cortocircuitos (colocándolos en el embalaje original de venta al público o aislando de alguna otra manera el terminal, por ejemplo colocando cinta adhesiva sobre los terminales expuestos o colocando cada batería en una bolsa de plástico o una funda protectora separada);
(D) La batería no debe superar los 300 vatios-hora (Wh); y
(E) Se puede transportar como máximo una batería de repuesto que no supere los 300 Wh o dos de repuesto que no superen los 160 Wh cada una;
(vi) Se avisa al piloto al mando, oralmente o por escrito, antes de la salida, de la ubicación de la batería o baterías de iones de litio a bordo de la aeronave.
(18) Salvo lo dispuesto en el §173.21 de este subcapítulo, los dispositivos electrónicos portátiles (por ejemplo, relojes, máquinas calculadoras, cámaras, teléfonos celulares, computadoras portátiles y notebooks, videocámaras, dispositivos médicos, etc.) que contengan pilas o baterías secas (incluidas las pilas o baterías de litio) y pilas o baterías secas de repuesto para estos dispositivos, cuando sean transportados por los pasajeros o miembros de la tripulación para su uso personal. Los dispositivos electrónicos portátiles alimentados con baterías de litio pueden transportarse en el equipaje facturado o de mano. Las baterías de litio de repuesto deben transportarse únicamente en el equipaje de mano. Cada batería de litio instalada o de repuesto debe ser de un tipo que se haya comprobado que cumple los requisitos de cada prueba del Manual de Pruebas y Criterios de las Naciones Unidas, parte III, subsección 38.3, y cada batería de litio de repuesto debe estar protegida individualmente para evitar los cortocircuitos (por ejemplo, colocándola en el embalaje original de venta al por menor, aislando de otro modo los terminales con cinta adhesiva sobre los terminales expuestos o colocando cada batería en una bolsa de plástico o una funda protectora separada). Además, cada batería de litio instalada o de repuesto no debe exceder de lo siguiente:
(i) En el caso de una batería de metal de litio, un contenido de litio de no más de 2 gramos por batería; o
(ii) En el caso de una batería de iones de litio, la potencia en vatios-hora no debe exceder de 100 Wh. Con la aprobación del operador, los dispositivos electrónicos portátiles pueden contener baterías de iones de litio que superen los 100 Wh, pero que no superen los 160 Wh y no se pueden transportar más de dos baterías de iones de litio protegidas individualmente que superen los 100 Wh, pero que no superen los 160 Wh, por persona como baterías de repuesto en el equipaje de mano.
(iii) En el caso de una batería no derramable, la batería y el equipo deben ajustarse a lo dispuesto en el artículo 173.159a(d). Cada batería no debe superar un voltaje superior a 12 voltios y una potencia de vatios-hora no superior a 100 Wh. No se pueden llevar más de dos baterías de repuesto protegidas individualmente. Dicho equipo y las baterías de repuesto deben transportarse en el equipaje facturado o de mano.
(iv) Los artículos que contengan células o baterías de litio metálico o de iones de litio cuyo propósito principal sea proporcionar energía a otro dispositivo deben transportarse como baterías de repuesto de acuerdo con las disposiciones de este párrafo.
(19) Excepto por lo dispuesto en §173.21 de este subcapítulo, los dispositivos electrónicos portátiles para fumadores alimentados por baterías (por ejemplo, e-cigarrillos, e-cigs, e-cigarrillos, e-pipes, e-ganchos, vaporizadores personales, sistemas electrónicos de suministro de nicotina) cuando se transportan por los pasajeros o los miembros de la tripulación para uso personal debe ser llevada en la persona o en el equipaje de mano solamente. Las baterías de litio de repuesto deben protegerse individualmente para evitar los cortocircuitos (colocándolas en el embalaje original de venta al público o aislando de otro modo los terminales, por ejemplo, pegándolas con cinta adhesiva sobre los terminales expuestos o colocando cada batería en una bolsa de plástico o una bolsa protectora separada). Cada batería de litio debe ser de un tipo que cumpla los requisitos de cada prueba del Manual de Pruebas y Criterios de las Naciones Unidas, Parte III, Subsección 38.3. No se permite la recarga de los dispositivos ni de las baterías a bordo de la aeronave. Cada batería no debe exceder lo siguiente:
(i) Para baterías de litio metal, un contenido de litio de 2 gramos; o
(ii) Para baterías de litio ión, una capacidad de vatios-hora de 100 Wh.
La IATA tiene reglamentos similares con restricciones similares:
2.3.5. 9 Dispositivos electrónicos portátiles (incluidos los dispositivos médicos) que contienen pilas 2.3.5.9.1 Dispositivos electrónicos portátiles (incluidos los dispositivos médicos) (como relojes, máquinas calculadoras, cámaras, teléfonos celulares, computadoras portátiles, videocámaras, etc.) que contienen pilas cuando son transportados por los pasajeros o la tripulación para su uso personal, los cuales deben llevarse en el equipaje de mano. (APCSCargo 15122014 Documento de orientación de la IATA sobre baterías de litio - 2014 Página 12)